En el marco del Parlamento Abierto organizado por la Comisión de Justicia del Senado de la República que se realizó a inicios de 2025, expertos en prevención de lavado de dinero analizaron las reformas en curso a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). José Luis Stein, coordinador del Comité de Lavado de Dinero de la Asociación de Bancos de México (ABM), destacó que las modificaciones planteadas representan un avance positivo, pero subrayó la necesidad de ajustes para fortalecer el proyecto, particularmente en lo que respecta a la regulación de fideicomisos.
Stein enfatizó que el éxito de la reforma dependerá de una colaboración estrecha entre autoridades y sujetos obligados, quienes deben operar bajo un marco claro y eficiente para maximizar su efectividad. En este sentido, presentó ocho propuestas concretas, haciendo especial hincapié en la designación de un representante responsable del cumplimiento de la ley dentro de los fideicomisos. De acuerdo con la iniciativa, los entes que realicen actividades vulnerables deberán nombrar un encargado ante la Secretaría de Hacienda para garantizar la seguridad jurídica de todas las partes involucradas. No obstante, Stein alertó sobre la importancia de precisar que dicha responsabilidad debe recaer en el fideicomitente, ya que es quien posee la mayor información sobre la operación, o en su defecto, en el fideicomisario en su calidad de beneficiario. Enfatizó que asignar esta función al fiduciario sin los mecanismos adecuados podría dejarlo en una posición de indefensión ante la posible falta de cooperación de otras partes.
En su intervención, el representante de la ABM también propuso que, con el objetivo de fortalecer la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento al terrorismo, el Congreso contemple reformas a otras disposiciones, como la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Esto permitiría que los bancos pudieran cancelar compromisos con clientes que, de manera dolosa, incumplan con las disposiciones antilavado, contribuyendo así de forma más efectiva con la autoridad en la detección y prevención de delitos financieros.
Uno de los puntos críticos abordados fue el tiempo necesario para la implementación de los cambios. Stein sugirió un periodo mínimo de 18 meses para la entrada en vigor de las modificaciones y la expedición de leyes secundarias, argumentando que un plazo más corto podría dificultar la adaptación de las instituciones financieras a los nuevos controles y procedimientos. Destacó que esta medida no solo beneficiaría a la banca, sino también a las pequeñas y medianas empresas que, como sujetos obligados, deberán alinearse con la normativa.
Finalmente, al referirse a las sanciones contempladas en la reforma, Stein hizo un llamado a mantener la calificación de dolo en las conductas delictivas tipificadas en el artículo 62 de la LFPIORPI. Advirtió que eliminar este criterio podría derivar en penalizaciones desproporcionadas por errores de sistema o fallas humanas en la operación de actividades vulnerables. “Estamos totalmente a favor de las sanciones”, puntualizó, “pero es fundamental que se establezca esta precisión para evitar consecuencias no deseadas”.
Las discusiones en torno a la reforma antilavado continúan en el Senado, con la expectativa de lograr un marco regulatorio más robusto que fortalezca la supervisión sin afectar la operatividad de los sectores involucrados.

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