La ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera en su última reforma que ha sido publicada recientemente en mayo de 2021, los requisitos para abrir y operar como ITF son los siguientes:
Requisitos de apertura:
- Solicitar autorización ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para comenzar a operar.
- Presentar a sus accionistas y administradores el aviso de operaciones.
- Contar con capital mínimo para operar y por activos sujetos a riesgo.
- Deben constituirse legalmente como sociedades anónimas (S.A.).
Requisitos para su operación:
- Controles internos y administración de riesgos.
- Seguridad de la información y continuidad de la operación.
- Límites de operación por cada cliente.
Para protección al consumidor:
- Divulgación de riesgos y responsabilidades.
- Confidencialidad de la información.
- Separar los recursos propios de los ingresados por sus clientes.
De supervisión:
- Las instancias encargadas de su supervisión serán la CNBV, Banxico y la CONDUSEF.
- Deberán de cumplir con un marco de prevención de lavado de dinero.
- Se establecen sanciones, delitos, multas, suspensiones y revocaciones.
- Se deberá contar con auditores externos independientes.
Recientemente la UIF ha identificado más de 12 plataformas que se encuentran operando sin dar información o presentar reportes a través del portal de actividades vulnerables. Recordemos que se ha determinado que el uso de criptomonedas también debe ser informado debidamente conforme a los montos de los umbrales de la ley antilavado.
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