Skip to main content

Como sabes, los Sujetos Obligados (SO) al cumplimiento de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita deben presentar los avisos alusivos a las operaciones que superen los umbrales correspondientes a más tardar el día 17 del mes posterior al que se realizó la transacción.

Dicho requerimiento está detallado en el artículo 23 de la LFPIORPI y los errores/omisión en su presentación puede significar multas que exceden los cinco millones de pesos. ¿Cuáles son los errores más frecuentes? ¡Aquí te los señalamos, junto con una solución! Toma nota.

  1. Error en el registro del mes. Con frecuencia se registra un mes inválido o la fecha se presenta en un formato diferente al requerido por la autoridad. Recuerda que el mes reportado debe ser mayor o igual al mes de entrada en vigor de las obligaciones.
  2. Error en la clave de identidad colegiada. Esta debe coincidir con la clave de la entidad colegiada que está reportando. Cabe señalar que el campo es opcional cuando el Sujeto Obligado (SO) no se encuentra registrado con una unidad colegiada.
  3. Error en la clave del SO. Este debe coincidir con la clave del SO que se está reportando. La clave del campo debe ser RFC con homoclave del SO, el cual debe estar registrado con la actividad específica.
  4. Error en el tipo de alerta. La clave debe existir en el catálogo provisto por la UIF. No pueden quedarse ‘sin alerta’ si la prioridad del aviso es de 24 horas con operaciones.
  5. Error en los datos de identificación. No pueden estar vacíos los campos de nombre y apellido ya sea del representante legal, beneficiario controlador o dueño beneficiario. Recuerda que no se aceptan cadenas de caracteres en blanco.
  6. Error en la actividad económica. En caso de que no exista una relación de negocio con la persona reportada, hay que elegir ‘no aplica’. La clave del campo debe ser de acuerdo con lo previsto en el Catálogo de la UIF.
  7. Error en identificación de persona moral. La fecha debe ser válida y ser un año menor o igual al año en que se recibe el reporte, un mes válido entre 1 y 12 y mostrar un día válido correspondiente al mes indicado. Cabe señalar que la vida debe ser mejor a la fecha de recepción del reporte.
  8. Error en el domicilio. Solo acepta letras de la A a la Z, mayúsculas y sin acentos ni diéresis. La colonia es obligatoria. En caso de no contar con ella, se debe llenar con valor XXXX.

Si requieres apoyo en la presentación de avisos apóyate en Prevenet, un sistema de gestión de información en la nube diseñado especialmente para ayudarte en la observancia de la Ley Antilavado.

El software tiene parametrización con actualización automática de UMA, umbral de identificación, umbral de aviso, límites de efectivo y seguimiento de operaciones durante los seis meses que marca la Ley Antilavado. También cuenta con una mesa de apoyo que opera de lunes a viernes.

Está especializado en los sectores de construcción, inmobiliarias, arrendatarios, outsourcing y préstamo mutuo. ¡Infórmate! Contacta a los expertos de Prevenet, en el (55) 52643146 o escribe a info@prevenet.com.mx.