Seguramente has escuchado hablar de las listas negras, esos ‘míticos’ inventarios en los que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) identifica a empresas y contribuyentes que generaron facturas falsas o que están relacionadas con el delito del lavado de dinero, según las disposiciones del Artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.
Dicho listado es una especie de alerta que puede orientar a particulares y empresas sobre con quiénes no hacer negocios porque operan al margen de la ley. Contiene el detalle de quiénes operan como factureras, tienen adeudos fiscales o se encuentran como no localizados, entre otros supuestos.
Aunque su actualización es constante y debiera ser un referente obligado para dar el sí a un proveedor o entablar una nueva relación comercial, no todos saben cómo utilizarla; es más: no saben dónde ubicarla. Es por ello, que preparamos esta guía que te ayudará con esta tarea. ¡Toma nota!
- Para comenzar, ingresa a la página del SAT y luego accede a la siguiente liga, donde hallarás el detalle de los listados disponibles: completo, definitivo, desvirtuados, presuntos y sentencias favorables.
- Luego, espera la descarga del archivo CSV, en el cual se enlista a los proveedores o aliados de negocio (nombre, razón social y RFC).
- En caso de que identifiques el nombre de algún proveedor, debes mantenerte alerta pues en automático tu empresa o negocio se convierte en Empresa que Deduce Operaciones Simuladas. Para desvirtuarlo y comprobar ante el SAT que efectivamente se adquirieron los bienes o servicios que amparan los comprobantes fiscales, tienen 30 días desde que tu proveedor apareció por vez primera en la lista.
- Cuando el SAT no reconoce los comprobantes fiscales presentados como prueba de la adquisición de bienes y/o servicios, la empresa será sancionada. Las penas son de tres meses a seis años de prisión al quien adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados. Obviamente, existe la posibilidad de tener una sentencia favorable.
- Recuerda que la autoridad tributaria puede investigar empresas hasta con diez años de antigüedad en dichos listados, por lo que si tu relación comercial con la entidad en cuestión inició hace cinco sin previa supervisión de su situación, es probable que a la par del proveedor en cuestión, tu empresa sea investigada también con el riesgo de tener que pagar multas de más de cinco millones de pesos.
Ahora que conoces la importancia de estas listas, revísalas con regularidad y alíneate con las disposiciones de la Ley Antilavado. ¡Prevenet te ayuda! Se trata de un software de gestión de información en la nube especialmente diseñado para que empresas del sector inmobiliario, de outsourcing y de mutuo cumplan cabalmente con la citada legislación.
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